La jurisdicción voluntaria

La jurisdicción voluntaria, regulada por la Ley 15/2015, es un procedimiento legal mediante el cual se requiere a solicitud de los interesados o por disposición legal la intervención de un órgano jurisdiccional, sin que esté promovida ni se promueva ninguna cuestión litigiosa.

Se podría decir que la jurisdicción voluntaria se configura como un medio o herramienta auxiliar al servicio del ciudadano para garantizar la tutela y la efectividad de los derechos regulados en diversas leyes civiles y mercantiles, agilizando los procesos y dándoles seguridad jurídica. Se distingue de la jurisdicción tradicional por su carácter no contencioso (no hay litigio, sólo se pretende un pronunciamiento) y por su enfoque en situaciones donde la autonomía de la voluntad se ve limitada o donde no es posible contar con el acuerdo de todas las partes involucradas.

Dentro de la jurisdicción voluntaria intervienen, además de jueces, secretarios judiciales, notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles, fortaleciendo así su posición de servidores públicos. La posibilidad de elegir entre diferentes profesionales en áreas que antes eran exclusivas de los jueces amplía los medios disponibles para garantizar los derechos de los ciudadanos.

A efectos de guía vamos a exponer a continuación todos los expedientes de jurisdicción voluntaria regulados por la normativa española, de tal forma que el lector pueda conocerlos y plantearse así acudir a ellos o no.

Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas

Son los siguientes:

  •  Reconocimiento judicial de la filiación no matrimonial.
  • Habilitación para comparecer en juicio y nombramiento de defensor judicial.
  • Adopción.
  • Tutela, la curatela y la guarda de hecho.
  • Concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad.
  • Protección del patrimonio de las personas con discapacidad.
  • Del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con capacidad judicialmente modificada.
  • Autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con capacidad modificada judicialmente.
  • Declaración de ausencia y fallecimiento.
  • Extracción de órganos de donantes vivos.

Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de familia

Son los siguientes:

  • Dispensa de impedimentos matrimoniales
  • Intervención judicial en relación con la patria potestad
  • Intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la administración de bienes gananciales
  • Separación o divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores emancipados o con la capacidad modificada judicialmente

Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia sucesoria

Son los siguientes:

  • Remoción del cargo de albacea, rendición de cuentas y autorización para efectuar actos de disposición sobre bienes de la herencia
  • Renuncia o prórroga del cargo de albacea
  • Nombramiento, renuncia o prórroga del cargo de contador partidor; y aprobación de la partición de la herencia realizada por el contador-partidor dativo
  • Aceptación y repudiación de la herencia
  • Formación de inventario de los bienes y derechos del causante a los efectos de aceptar o repudiar la herencia
  • Declaración de herederos abinstetato
  • Presentación, adveración, apertura y protocolización de los testamentos cerrados
  • Presentación, adveración, apertura y protocolización de los testamentos ológrafos
  • Presentación, adveración, apertura y protocolización de los testamentos otorgados de forma oral

Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de obligaciones

Son los siguientes:

  • Fijación del plazo para el cumplimiento de las obligaciones
  • Consignación
  • Reclamación de deudas dinerarias no contradichas

Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de derechos reales

Son los siguientes:

  • Autorización judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que formen parte del usufructo
  • Deslinde de fincas no inscritas
  • Deslinde de fincas inscritas
  • Incorporación de bases gráficas
  • Rectificación de superficie
  • Dominio sobre fincas no inscritas
  • Reanudación de tracto sucesivo interrumpido
  • Declaración de doble inmatriculación
  • Liberación de cargas y gravámenes

Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia mercantil

Son los siguientes:

  • Exhibición de los libros de las personas obligadas a llevar la contabilidad
  • Convocatoria de juntas generales
  • Nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor
  • Reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o acciones
  • Disolución judicial de las sociedades
  • Convocatoria de la asamblea general de obligacionistas
  • Robo, hurto, extravío o destrucción de títulos-valores o representación de partes de socio
  • Nombramiento de peritos en contratos de seguros
  • Depósito de bienes muebles, valores o efectos mercantiles y venta de los bienes o efectos depositados
  • Protestas de mar por incidencias de viaje
  • Liquidación de avería gruesa
  • Depósito de venta de mercancías y equipajes en el transporte marítimo
  • Extravío, sustracción o destrucción del conocimiento de embarque
  • Enajenación de efectos mercantiles alterados o averiados

Otros expedientes de jurisdicción voluntaria

Son los siguientes:

  • Subasta judicial
  • Subasta notarial
  • Conciliación

En MANTRICO encontrarás toda la ayuda profesional necesaria para abordar cualquier expediente de jurisdicción voluntaria. Llámanos si necesitas ayuda.

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