La estructura Holding

Una estructura holding, también conocida como empresa holding o sociedad tenedora, es un método de organización empresarial consistente en la creación de una empresa matriz cuyo propósito principal es el de poseer y administrar una o varias empresas filiales, sin realizar por sí misma actividades comerciales directas.

El vínculo entre matriz y filiales debe ser de control, es decir, la primera debe poseer la mayoría de los derechos de voto respecto de sus filiales, de tal forma que pueda designar sin mayor problema a los distintos órganos de administración.

La idea principal es que la empresa matriz haga las funciones de sociedad patrimonial, y las filiales desarrollen cada una de ellas una rama de actividad.

Las razones para establecer una estructura holding pueden variar aunque suelen incluir las siguientes:

Uso de la matriz como sociedad patrimonial

Supongamos que además de una actividad económica, tenemos un patrimonio familiar compuesto de bienes inmuebles y/o productos financieros. Bien, la idea aquí es aportarlos a la empresa matriz para cumplir con ello su primer objetivo, actuar como sociedad patrimonial.

De esta forma conseguimos:

– Poner orden a nivel patrimonial, teniendo un único activo (participaciones sociales de la matriz) en lugar de varios.

– Planificación sucesoria: pensemos lo que supone llevar a una sucesión un conjunto variado de activos inmobiliarios y financieros que por las reglas del derecho sucesorio tengan que repartirse proindiviso entre un conjunto heterogéneo de personas. Si por el contrario lo único que llevamos a la sucesión es la propia patrimonial, la sucesión se simplifica sobremanera, teniendo una gestión de los activos donde existirá un único interlocutor frente a terceros, y donde las decisiones se tomen por voluntad de la mayoría, sin posibilidad de que existan bloqueos o vetos a la hora de administrarlos.

En definitiva, se facilita la transferencia de riqueza y patrimonio entre generaciones.

Protección de activos

Una estructura holding puede ayudar a separar los activos y responsabilidades de diferentes unidades de negocios, lo que puede proporcionar protección contra posibles riesgos legales o financieros de una filial sin afectar a otras.

Imaginemos por ejemplo que tenemos en una sola sociedad varios activos inmobiliarios, y desarrollamos con ella una actividad económica. Al tener la actividad y los activos bajo el mismo paraguas, la actividad puede comprometer los activos por la falta de separación. Esto es lo que evitamos con la estructura holding, donde actividad y activos se encuentran en sociedades distintas.

Igualmente, si tenemos dos ramas de actividad en la misma empresa, la deriva negativa de una de ellas puede comprometer los estados financieros conjuntos, y por ende acabar obligando a disolver o concursar una sociedad en la que una de sus ramas de actividad funcionaba correctamente.

Simplificación de la gestión y fácil acceso a financiación.

Una estructura holding puede facilitar la gestión y la toma de decisiones al centralizar las operaciones financieras y estratégicas a nivel de grupo, y poder ver con mayor claridad los estados financieros que generan cada una de las ramas de actividad.

Además, la empresa matriz puede utilizar los ingresos generados por sus filiales para financiar nuevas adquisiciones o inversiones sin afectar a su propio capital. La estructura holding también puede ser una herramienta útil para adquirir otras empresas o fusionarlas de manera eficiente, ya que con ella se pueden controlar fácilmente las operaciones de las filiales.

Pensemos también que la empresa matriz, al contar en su balance con el activo que suponen la propiedad de las filiales, reflejará en él la suma del valor patrimonial de éstas, pudiendo mostraste frente a terceros, especialmente en lo que a búsqueda de financiación se refiere, como una empresa patrimonialmente potente.

Ventajas fiscales

La principal es la de poder compensar las pérdidas que pudiera tener una de las empresas integrantes del grupo con los beneficios que puedan tener las demás, ¿cómo?, mediante el intercambio de bienes y servicios entre ellas, pudiendo planificarse el momento más adecuado para ello en términos de fiscalidad.

Incluso, las sociedades del grupo pueden acogerse al régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades, lo que supone en la práctica tributar como si de única sociedad se tratara, siendo ésta otra forma más directa de compensar las pérdidas y beneficios de todas ellas.

Una posible desventaja es que los grupos de empresas no pueden aplicar el tipo reducido del 15% contemplado en el artículo 29.1 de la Ley del impuesto sobre Sociedades (LIS), cuyos beneficiarios son las entidades de nueva creación, no obstante, esto sólo resultaría perjudicial de querer iniciarse todas las actividades a la vez, pues de iniciarse una actividad de forma posterior en el tiempo a las demás, la misma tampoco contaría con la aplicación del tipo reducido de estar integrada en una empresa que ya cuenta con cierta antigüedad.

Dicho lo anterior, es fundamental reconocer que la configuración y el propósito de una empresa o una estructura holding pueden variar significativamente en función de las necesidades y objetivos de la organización que las crea. Por lo tanto, resulta crucial contar con una planificación y asesoramiento especializados, adaptados a las circunstancias particulares de cada caso, con el fin de maximizar el logro de sus metas individuales. En MANTRICO, disponemos de un equipo de profesionales altamente capacitados para ello. Aprovéchalo.

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