La ley Beckham

La «Ley Beckham,» oficialmente conocida como el «Régimen fiscal aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español,» es un régimen especial tributario regulado en el artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) Esta legislación, que se implementó en 2005, se diseñó con el propósito de atraer a profesionales extranjeros altamente cualificados, incluyendo deportistas y ejecutivos, para trabajar en el país. A lo largo de los años ha sido objeto de varias reformas fruto del debate suscitado en relación a su impacto y sus privilegios.

Como curiosidad la Ley Beckham toma su nombre de una figura icónica del deporte, David Beckham, quien se convirtió en uno de los primeros beneficiarios notables de esta normativa.

Funcionamiento y Aspectos Clave del Régimen Fiscal

El corazón de la Ley Beckham radica en la creación de un régimen fiscal especial para los trabajadores extranjeros que se desplazan a trabajar en España. Bajo este régimen, estos trabajadores tributan únicamente por los ingresos generados en territorio español (salvo los correspondientes a rendimientos del trabajo, que tributarán independientemente de dónde hayan sido generados) eximiéndose de gravar sus ingresos globales. Así, los ingresos generados fuera de España se tributarán conforme a la legislación del país dónde hayan sido generados, y los generados en España tributarán al tipo fijo del 24%.

Dado que el perfil de contribuyente que se acoge a este régimen genera un alto nivel de ingresos, el tipo fijo del 24% le resulta altamente beneficioso en comparación con el tipo medio de IRPF por el que tendría que tributar de no acogerse al régimen.

De esta manera, gracias a esta tributación beneficiosa, España puede atraer a profesionales extranjeros de alta cualificación.

Entre los elementos fundamentales de este régimen fiscal se encuentran:

  • Duración limitada: una persona desplazada a España por motivos laborales podrá aplicar la Ley Beckham durante un periodo de 6 años (el año en el que se adquiere la residencia fiscal en España más los 5 siguientes)
  • Requisitos específicos, que son tres:

– No haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores al de desplazamiento.

– El traslado a España debe venir justificado por un contrato de trabajo, o por adquirirse la condición de administrador en una entidad. Además, desde 2023 se han añadido dos circunstancias habilitantes más:

– La realización en España de una actividad económica calificada como actividad emprendedora por ENISA.

– La realización en España de una actividad económica por parte de un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes, o que lleve a cabo actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, percibiendo por ello una remuneración que represente en conjunto más del 40 % de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.

– Solicitar la inclusión en el régimen dentro de los seis primeros meses a partir del alta en Seguridad Social.

  • Tributación: Durante los primeros seis años, los trabajadores tributan a una tasa fija del 24% por los primeros 600.000 euros de base imponible, tributando el exceso a un tipo fijo del 47%. A partir del séptimo año, vuelven a tributar según las tasas fiscales estándar en España.
  • Exención del modelo 720: los acogidos a este régimen estarán exentos de presentar este modelo, que no es otra cosa que una declaración anual por la que se deben informar a la Hacienda Pública los bienes y derechos situados en el extranjero.
  • Extensión familiar y nómadas digitales: con las recientes actualizaciones del régimen éste se extiende al cónyuge e hijos menores de 25 años que se trasladen con el contribuyente, siempre que lo hagan de forma simultánea o dentro del primer año de residencia fiscal. Además, ya se da cabida en él a aquellos nómadas digitales que desde España trabajan para empresas extranjeras.

Queda claro que la Ley Beckham ha contribuido a atraer talento extranjero y ha impulsado sectores económicos clave, aunque también ha desatado debates sobre la igualdad tributaria de los contribuyentes siendo objeto de varias reformas. Pero sobre todo es un tema de extraordinaria importancia en el ámbito personal y familiar de aquellos a quienes este régimen fiscal puede resultarles atractivo. En MANTRICO podemos brindarte la orientación y asesoramiento necesario de cara a tomar las decisiones acertadas.

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